Expediente No. 1140-2014 y 1141-2014

Sentencia de Casación del 17/06/2015

“…Cámara Penal estima que la Sala recurrida resolvió con argumentos generalizados, soslayó entrar a conocer sobre lo solicitado por la defensa por lo que dejó puntos sin resolver, específicamente que se le condenó por el delito de defraudación tributaria en grado de autor, sin tomar en cuenta la teoría del dominio del hecho, para esclarecer de esta manera quien era el responsable de tal delito y en qué forma, agravio que se vincula con el artículo 31 del Código Tributario, en el sentido que si el hecho juzgado fue por un hecho generador omitido por el procesado. Por lo anterior, existen los vicios señalados por el interponente, por lo que el recurso debe reenviarse a la Sala respectiva para que resuelva únicamente en cuanto a los agravios señalados por el procesado en la apelación especial…”





 

 











































 

 















 
















 















 



 


 












 





 



 







 



















 



 




 


 


 












…”